Salta | | Estado del Tiempo
| Usuarios Acceso a Usuarios
| RSS Suscripción a RSS

CORRUPCIÓN ¿Qué es la ley del arrepentido y cómo la usa Bonadio para liberar a empresarios y funcionarios?

Los tribunales federales de Comodoro Py se han convertido en uno de los lugares centrales de la política nacional. Allí el juez Claudio Bonadio y el fiscal Carlos Stornelli desarrollan una intensa actividad desde hace semanas, a partir de la causa abierta por los ya famosos cuadernos de Oscar Centeno.

16 de agosto de 2018| LID |

El ex chofer de Roberto Baratta aparece como el presunto autor de 8 cuadernos que señalarían, de manera milimétrica y excesivamente precisa, la entrega y recepción de bolsos y valijas con cifras millonarias de dólares y pesos.

Como ya es ampliamente conocido, los originales nunca fueron encontrados, así que la causa se sustancia a partir de las fotocopias de los mismos. Eso impide, por ejemplo, peritar la tinta y determinar cuando fueron escritos realmente.

De conjunto, el proceso judicial aparece claramente viciado, con una relativa ausencia de pruebas y una sobreproducción de declaraciones y testimonios de los implicados.

En ese marco, lo que está quedado al desnudo es la intrincada relación entre empresarios y poder político. La llamada “patria contratista” vuelve a quedar en escena, con múltiples nombres propios.

Las acusaciones ya empiezan a golpear sobre el mismo Mauricio Macri. Hace pocos días, en su declaración de arrepentido, el ex titular de la Cámara de la Construcción, Carlos Wagner, implicó a la empresa Iecsa en el armado de un sistema de cartelización de la obra pública. Ese esquema habría funcionado prácticamente desde el inicio del kirchnerismo.

Como señala este medio en su edición de hoy, solo entre 2004 y 2007, la empresa Iecsa –propiedad de la familia presidencial hasta el último de esos años- se benefició con 17 licitaciones de parte de Vialidad Nacional. El Estado nacional terminó pagando por las mismas una cifra de $ 1.536 millones, el doble de lo que había sido originalmente presupuestado.

De arrepentimientos y penas
En ese marco ha aparecido en escena, por primera vez en Argentina, la llamada Ley del arrepentido, una norma que en estos días es utilizada por el juez Bonadio para permitir la liberación de varios de los empresarios detenidos.

La norma, sancionada a fines de 2016 bajo el número 27.304, guarda similitudes y diferencias con la delación premiada o colaboración que existe en el vecino país de Brasil y que tuvo un peso destacado en el llamado Lava Jato.

Entre sus aspectos centrales hay que señalar los siguientes:

1) Esencialmente la norma habilita la reducción de la pena a quienes, habiendo participado de un delito, aporten información fundamental para la causa, agilizando la investigación.

El texto de la ley es lo suficientemente amplio como para abarcar prácticamente todo lo relacionado con un delito. En uno de sus primero incisos, enlista cuestiones como “evitar o impedir el comienzo, la permanencia o consumación de un delito”; “esclarecer el hecho objeto de investigación u otros conexos”; “revelar la identidad o el paradero de autores, coautores, instigadores o partícipes de estos hechos investigados o de otros conexos”, entre muchas otras cuestiones.

2) Para el arrepentido se deriva una ventaja central en el caso de aportar esta información: la reducción de la pena. La única excepción que marca la norma es que se trate de delitos que tenga penas de multa o de inhabilitación. En este caso no habrá reducción alguna.

3) El acuerdo que permite acceder al carácter de arrepentido debe celebrarse en primer lugar con el fiscal, y luego ser homologado ante el juez que interviene en la causa. En este caso se trata de Stornelli y Bonadio respectivamente.

La norma establece en su artículo 10 que “el juez aprobará el acuerdo si el imputado arrepentido hubiera actuado voluntariamente”.

Por estas horas, el carácter voluntario de la entrega de información debería ser matizado o puesto en cuestión. Como lo ilustró la periodista Emilia Delfino en Perfil, el encarcelamiento de los empresarios en condiciones insalubres jugó un papel destacado a la hora de lograr las confesiones. “El olor a tumba” resultó clave para que muchos se sumaran a la “cadena del arrepentimiento”.

4) El artículo 11 de la norma establece que “en caso de aceptarse, el acuerdo será incorporado al proceso, y la ejecución del beneficio se diferirá al momento del dictado de la sentencia de condena por el tribunal de juicio”.

Es decir, no existiría un beneficio previo a la sentencia en el juicio. Sin embargo, en la causa que se sigue por los cuadernos, Bonadio y Stornelli utilizan la norma de manera completamente discrecional. Los empresarios y funcionarios que “confiesan” pasan a gozar del beneficio de la libertad bajo la figura de “imputado-colaborador”.

Ese uso discrecional también se verifica en la actitud del juez y fiscal frente a determinados empresarios. Así, una figura cercana a Macri como Marcelo Mindlin –actual titula de Iecsa- sigue sin ser llamado a declarar. Angelo Calcaterra, primo del presidente, se acercó “voluntariamente” a dar su testimonio en Comodoro Py. Inmediatamente, pudo acogerse a la figura del imputado-colaborador sin mayores trabas. Obviamente goza de libertad.

5) El artículo 13 establece la llamada Corroboración y define que “dentro de un plazo no superior a un (1) año, el juez o el fiscal deberán corroborar el cumplimiento de las obligaciones que el imputado arrepentido hubiera contraído en el marco del acuerdo, especialmente la verosimilitud y utilidad, total o parcial, de la información que hubiera proporcionado”.

Quien quiere acogerse a un acuerdo de arrepentimiento puede decir prácticamente cualquier cosa sin necesidad de aportar ninguna prueba. Esto habilita al juez y al fiscal a actuar con completa impunidad, basándose solamente en las declaraciones de quienes buscar ser premiados por su delación.

Si bien la norma establece penas de entre 4 y 10 años para quien hubiera brindado información falsa, el plazo de un año para corroborarla resulta casi absurdo.

6) En el artículo 15, la norma establece que “el órgano judicial no podrá dictar sentencia condenatoria fundada únicamente en las manifestaciones efectuadas por el imputado arrepentido (…) La materialidad de un hecho delictivo no podrá probarse únicamente sobre la base de esas manifestaciones”.

La aclaración debería ser innecesaria. Resulta completamente lógico que una condena se sustancie sobre la base de pruebas materiales y no sobre la base de declaraciones.

Sin embargo, la aclaración pone de manifiesto el carácter completamente arbitrario de la norma y el uso discrecional que se puede hacer de las declaraciones de los arrepentidos. Precisamente esto es lo que está ocurriendo con la causa de los cuadernos.

Un nacimiento con críticas
La ley 27.304 fue sancionada definitivamente el 19 de octubre de 2016. Los votos a favor fueron 137, sumando el oficialismo y los sectores del peronismo encolumnados con Sergio Massa.

En esa sesión estuvieron ausentes los diputados del resto de las fuerzas, dado que ese día se realizaba un paro convocado por el movimiento de mujeres en repudio al femicidio de Lucia Pérez, ocurrido en Mar del Plata.

La discusión de la ley se había iniciado varios meses antes. La norma que actualmente usan Bonadio y Stornelli a discreción nació luego de la cinematográfica detención de José López. Como se recordará, el ex secretario de Obras Públicas fue encontrado con U$ 9 millones en varios bolsos, intentando ingresar a un convento en General Rodríguez, provincia de Buenos Aires.

En junio de ese año, durante el primer debate en la Cámara de Diputados, el Frente de Izquierda estuvo entre las fuerzas que se negaron a votar favorablemente la norma. El kirchnerismo, seguramente golpeado por la detención de López, votó abrumadoramente a favor.

En la sesión en donde se discutió el texto de la ley, Myriam Bregman (PTS-FIT) denunció fuertemente el carácter de la norma. La legisladora presentó un dictamen propio en el que señaló, entre otras cosas, que la misma tenía un carácter absolutamente distractivo. “No se termina la corrupción con un arrepentido. Capitalismo y corrupción van de la mano y con esta iniciativa los José López y todos los corruptos se van a su casa”, afirmó la diputada.

Bregman también denunció que le norma establecía una clara jerarquía de posibilidades. “Cuanto más alto esté alguien en la escala de corrupción, cuanto más alto esté en la red de trata o en la organización de narcotráfico, mayores serán los beneficios que podrá negociar con el juez”, señaló.

Claramente, la ley otorga grandes ventajas a quienes encabezan una organización que delinque, dado que lo que se busca es obtener información global del funcionamiento de la misma. En ese sentido, perjudica a quienes, en la jerga judicial, se suele llamar “perejiles”.

Dado que es imposible separar corrupción de capitalismo el dictamen de la izquierda planteaba, entre otras cuestiones, el cese del secreto bancario y la apertura de los libros de contabilidad de todas las empresas vinculadas a la obra pública y que la investigación debe quedar en manos de representantes elegidos por trabajadores de las mismas, junto a especialistas de las universidades públicas nacionales.

Estas dos medidas, sumadas a otras, permitían intervenir profundamente sobre el mecanismo básico que empuja la corrupción: la búsqueda de mayor ganancia por parte de los capitalistas.

Al mismo tiempo, la izquierda propuso un cuestionamiento profundo a la casta judicial que pretendía “impartir justicia”. El dictamen proponía la elección por sufragio universal de todos los jueces y el funcionamiento de juicios por jurados elegidos por el pueblo de todas las causas de corrupción.

Un show jurídico y mediático
Las declaraciones de quienes se vienen sumando a la “cadena del arrepentimiento” claramente son parte de un montaje jurídico-mediático creado sobre la base de elementos reales. La existencia de la corrupción y los negociados con la obra pública preceden al kirchnerismo y continuaron bajo ese ciclo político.

Sin embargo, bajo la batuta de Bonadio, Stornelli y la gran corporación mediática, lo que se pone en escena en un grotesco show donde todas las declaraciones se toman por verídicas y asuman prácticamente el carácter de pruebas.

Sin ir más lejos, este miércoles el ex funcionario Claudio Uberti declaró ante Bonadio que, en el momento de la muerte de Néstor Kirchner, había U$ 60 millones en el departamento que Cristina Fernández tiene en la calle Juncal, en CABA. Afirmó que no lo había visto, pero lo sabía “por comentarios”.

Las declaraciones de Uberti –que abandonó la función pública en 2007- fueron amplificadas hasta el infinito por los medios afines al oficialismo. Poco importa la veracidad de la afirmación a la hora de montar el circo mediático alrededor de la causa.

La causa de los cuadernos y el show de los arrepentidos transcurren sobre el trasfondo de una Argentina marcada por la creciente recesión y el ajuste acordado con el FMI y avalado por el gran empresariado. Para el conjunto de la población trabajadora se pone en escena un enorme montaje destinado a escenificar un combate a la corrupción que no es tal.

La “cadena del arrepentimiento” termina siendo un engranaje más de un mecanismo destinado a hacer mucho ruido para que todo siga en el mismo lugar. (LID)

Publicidad
Publicite aqui
Publicite Aqui

Datos de Contacto:
Cel: 3874152946
E-mail: redaccion@copenoa.com.ar

Libros: Orden, Represión y Muerte

Orden, Represión y muerte

Diario de la criminalización de la protesta social en Salta - Marco Diaz Muñoz

Portada | General | Politica | Policial | D.D.H.H. | Cultura | País | América Latina | Mundo | Pueblos Originarios

Copyright 2001 - 2010 - Todos los derechos Reservados - copenoa.com.ar