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Caso francesas: La Investigación se desmorona. Piden indagar a investigadores directos.

Ante la aparición de patrones genéticos de dos mujeres en los cuerpos de las turistas francesas asesinadas en la Quebrada de San Lorenzo en julio del 2011, y el resultado negativo de ADN del detenido y procesado Clemente Vera, se suscito un cambio radical en el caso.

19 de enero de 2012| copenoa |

“Frente a este NUEVO resultado de ADN, la investigación se desmorona y SE DEBE INVESTIGAR el actuar de los investigadores directos en el presente caso que llega hasta quien en su momento era Secretario de Seguridad hoy separado de su cargo”. Dice la denuncia realizada por el abogado Santiago Pedroza, en la justicia ordinaria de Salta, ante lo que el abogado considera irregularidades en la investigación de los asesinatos de las turistas francesas.

Pedroza es abogado defensor de Federico Cañizares y María Fernanda Cañizares, investigados en la causa.

Pedroza invoca el art. 175 del C.P. “denunciando al personal Policial Y funcionarios que intervinieron directamente en la investigación del presente caso y/o contra quien o quienes resulten responsables por los presuntos delitos Incumpliendo de los Deberes de Funcionario Publico, Apremios Ilegales, Obstrucción u obstaculización de investigación, falso testimonio agravado”.
El Dr. Santiago Pedroza argumenta su pedido de investigación, afirmando que: “Desde un primer momento los imputados prácticamente en su totalidad pusieron en duda el actuar de los investigadores de la policía de la provincia en el presente caso , y ahora voy a enumerar cada una de la situaciones que hacen pensar a esta defensa que en la buena intención de esclarecer un hecho ilícito se paso el límite de lo legal y se cometieron distintos delitos llevando en una serie de aspecto al fracaso total de la investigación”.

Apremios ilegales

“Fueron unánime prácticamente todos los imputados en manifestar que fueron sometidos a apremios Ilegales esto es, que fueron lisa y llanamente torturados por el personal que los detuvo a fin de que confiesen o pretender obtener una confesión, esto no es una expresión caprichosa de esta defensa sino que consta en las distintas actas labradas a los imputados por lo tanto lo primero que debe investigarse es QUIEN O QUIENES DETUVIERON A LOS IMPUTADOS, se debe proceder a su individualización y se le debe imputar como mínimo el delito de Apremios Ilegales , severidades y vejaciones ya que de ninguna manera justifica la aplicación de torturas”.

Proyectil encontrado en el lugar del hecho arma enterrada.

Pedroza dice: “A su vez debe recordar el Sr. Fiscal que a pesar de haber realizado un minucioso rastrillaje en el lugar del hecho después de realizado dicho Rastrillaje se encuentra un plomo que pretende vincularse a un arma del Sr. Sarmiento hoy correctamente sobreseído, esta extraña situación nunca fue investigada , la intención de comprometer a Sarmiento en el hecho ya que no queda duda que como se dice en la jerga se plantaron pruebas para implicar a un inocente, ahora bien lo que nunca se investigo es quien plantó estos elementos de prueba, si hay o no responsabilidad de los investigadores quienes desde un primer momento sospecharon de Sarmiento ya que fácilmente se abono la teoría de que fue alguien que pretendió encubrir a algún detenido, pero esta defensa entiende que esta situación tiene que ver mucho mas con la intención de incriminar a un tercero cuya inocencia se demostró, ante esto se debe poner bajo la lupa de la Justicia a quien o quienes tuvieron vinculación directa a la investigación y analizar su conducta la cual podría ser de gravedad e incurrir en los delitos de entorpecimiento de la acción de la Justicia Falso Testimonio agravado , etc, ya que esta llamativa situación fue pasada por alto pero es de enorme gravedad y se debe investigar a fin de determinar la existencia o no de responsabilidades”.

Pruebas genéticas.

“Desde un primer momento algunos de los imputados manifestaron que personal de la Brigada de investigaciones le extrajo muestra de cabello y otros rastros genético, dijeron ellos con el fin de involucrarlos, pero en un principio solo era una teoría defensiva, pero ante los nuevos resultados de Cotejo de ADN logrado por pedidos de la Defensa del Imputado Vera tal teoría asume un grado de credibilidad importante , ya que no SE ENTIENDE COMO PUEDE VARIAR DE ESTE MODO Y DE FORMA TAN SUSTANCIAL UN RESULTADO QUE DEBERIA SER EXACTO, ya que ahora el resultado es negativo en relación a Vera y Aparece patrón genético de dos femeninas desconocidas que no son las víctimas, es necesario resaltar que el segundo ADN, fue realizado en otro lugar Y CON OTRAS MUESTRAS ( otros hisopados) aquí merece investigarse quien resguardo los primeros hisopados, y quien procedió a su traslado y como se procuro proteger lo que se denomina cadena de PROTECCION DE LA PRUEBA, ya que la variación sustancial del resultado ponen en la lupa a aquellos que tuvieron a su cargo la protección y traslado de las muestras CORRESPÒNDE INVESTIGAR TAMBIEN SI ES VERAZ LO MANIFESTADO POR ALGUNOS DE LOS IMPUTADOS, QUE DIJERON , QUE SE LE EXTRAJO CABELLOS Y OTROS ELEMNTOS EN SEDE POLICIAL”. Expresa Pedroza, agregando “ Ya que ahora frente a este NUEVO resultado de ADN, la investigación se desmorona y SE DEBE INVESTIGAR el actuar de los investigadores directos en el presente caso que llega hasta quien en su momento era Secretario de Seguridad hoy separado de su cargo”.

Pedroza solita finalmente que “se tenga por Interpuesta Denuncia en virtud de lo dispuesto por el art 175 del C.P.P. de S.., que se corra vista al Sr. Agente Fiscal y que el mismo Requiera instrucción o promueva acción dentro del plazo otorgado por el art. 176 del C.P.P. de S.

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