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Jubilaciones: el 82 % del salario mínimo no se ajustará por movilidad

La reglamentación de la Reforma Previsional publicada hoy en el Boletín Oficial establece que el 82 % del Salario Mínimo es sólo un suplemento y no se ajustará por movilidad.

11 de enero de 2018

El 82 % del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) que se estableció como un haber mínimo para todos los jubilados que reúnen 30 años de aportes (o menos en el caso de regímenes diferenciales) será sólo un "suplemento" y no se ajustará por movilidad.

Así lo fija el anexo de la Resolución 25-E/2017 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social publicado hoy en el Boletín Oficial con la firma del Secretario de Seguridad Social, Juan Carlos Paulucci Malvis.

El Anexo de la resolución establece que "el pago del nombrado suplemento dinerario se abonará por beneficio y se hará efectivo hasta alcanzar un haber previsional equivalente al OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) del valor del salario mínimo, vital y móvil establecido en el artículo 116 de Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias vigentes en cada período".

Asimismo, "se excluye de la movilidad establecida en el artículo 32 de la Ley Nº 24.241, el suplemento dinerario equivalente al OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) del valor del salario mínimo, vital y móvil. En tal sentido, el monto del suplemento dinerario equivalente al OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) del valor del salario mínimo, vital y móvil podrá quedar absorbido parcial o totalmente por la movilidad que se establezca a tenor del citado artículo 32 de la Ley N° 24.241".

Como ha sido denunciado en un Informe Especial, esto significa que los 1,3 millones de jubilados que ayer comenzaron a cobrar el monto de $7.790 no verán ajustadas sus jubilaciones en marzo, junio, septiembre y diciembre, tal como establece la nueva ley previsional, sino que solamente se ajustará el haber mínimo general, y en los meses que éste sea inferior al 82 % del SMVM, ese conjunto de jubilados percibirá un ajuste suplementario.

Es así que se calcula que durante el 2018 la pérdida que verán en sus bolsillos aquellos jubilados que cobran el 82 % del SMVM será de al menos $6.327 debido a la movilidad de las jubilaciones establecida en la Reforma Previsional, comprendida un 70 % por variación de IPC y un 30 % por variaciones salariales.

En los hechos, la "garantía" de un haber mínimo diferencial para todos aquellos que aportaron durante 30 años al sistema previsional se convierte en un monto pírrico que no resuelve las principales necesidades por carestía de vida que presentan la mayoría de los jubilados, y que tiene claros objetivos discriminatorios hacia quienes han sido golpeados por el mercado laboral y hacia las mujeres.

Según la Resolución ministerial, quedarán comprendidos en el suplemento al 82 % del SMVM los Regímenes Nacionales generales anteriores a la Ley Nº 24.241; los beneficiarios actuales por 30 años de aportes, incluidos los beneficios de retiro por invalidez con aportes regulares; los regímenes diferenciales o insalubres; los regímenes provinciales transferidos al SIPA, y otros regímenes especiales detallados en particular.

En marzo de 2017, varios meses después de la Reparación Histórica, el 65% de los 6,8 millones de beneficios estaba en el haber mínimo jubilatorio (hoy de $7.245,37) según el Ministerio de Trabajo, mientras que el 88% se encontraba por debajo de la Canasta de los jubilados.

Ya son 4 millones de jubilados, pensionados y beneficiarios de AUH y Asignaciones Familiares que por falta de ingresos han debido endeudarse mediante los créditos ARGENTA, por $ 70.000 millones, como reconoció hoy el gobierno con el mega DNU de "simplificación del Estado". (LID)

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