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Los convenios colectivos, el derecho y la lucha de clases

A propósito de la ofensiva discursiva del macrismo sobre los derechos laborales, hacemos un repaso histórico de los convenios colectivos y la lucha sindical en Argentina.

24 de noviembre de 2016| Facundo Aguirre |

La ofensiva discursiva del macrismo contra los convenios colectivos se inscribe dentro de una reivindicación histórica de las patronales. Asimismo, la existencia de los convenios fue arrancada a la burguesía y su estado por más de un siglo de lucha de clases y es una forma jurídica-política y económica que rige la relación laboral . En este sentido los convenios colectivos no son letra muerta, aunque así lo consideren los funcionarios de Cambiemos, sino la cristalización como derechos adquiridos de relaciones de fuerzas históricas.

Según Walter Benjamin, la conquista de derechos por los trabajadores era producto de una violencia creadora de nuevos derechos: "La clase obrera organizada es hoy, junto con los estados, el único sujeto jurídico que tiene derecho a la violencia. Contra esta tesis se puede ciertamente objetar que una omisión en la acción, un no- obrar, como lo es en última instancia la huelga, no puede ser definido como violencia. Tal consideración ha facilitado al poder estatal la concesión del derecho a la huelga, cuando ello ya no podía ser evitado".

La primer reglamentación del trabajo en Argentina data de 1904 como respuesta a la huelga general llevada adelante por los anarquistas en 1902. Se trata de la ley de Contrato de Trabajo elaborada por Joaquín V Gonzalez, apoyándose en el famoso informe Biallet-Masse. Esta legislación laboral originaria fue avanzando a medida que la clase obrera se hizo más fuerte y también porque un sector de sus organizaciones dirigentes comenzó a entrar en el juego de las negociaciones con el Estado.

El salto en las reglamentaciones del trabajo se produce a partir de 1943, cuando el gobierno del Grupo de Oficiales Unidos, al cual pertenecía el entonces coronel Juan Domingo Perón, crea la Secretaria de Trabajo y Previsión y más tarde, ya bajo el primer gobierno peronista, el Ministerio de Trabajo que se arrogara como su función fundante el obrar conscientemente para “buscar una perfecta regulación entre las clases trabajadoras, medias y capitalistas, procurando una armonización perfecta de fuerzas (…) Una riqueza sin estabilidad social (…) será siempre frágil,y ése es el peligro que viéndolo, trata de evitar por todos los medios la Secretaría de Trabajo y Previsión”. En 1953 se sanciona la primera ley de negociaciones colectivas que va a ser el marco jurídico original de lo convenios colectivos de trabajo. El peronismo contaba con que la estatización de las organizaciones obreras actuase como un factor limitante de la fuerza ejercida por los obreros para cumplir con el objetivo declarado anteriormente.

Las dictaduras posteriores a 1955 tuvieron por objetivo liquidar los convenios colectivos y los logros legales en materia laboral, pero sobre todo la organización obrera que garantizaba ponerle freno a la prepotencia patronal y la aplicación efectiva de los derechos adquiridos en convenio. Nótese la dualidad de la organización obrera: si por arriba la burocracia sindical expresa la integración al Estado y la negociación aún en contra de los intereses obreros, por abajo las comisiones internas y cuerpos de delegados expresan una suerte de democracia fabril, de "los nervios y los músculos" -como decía Nahuel Moreno-, que bajo la presión de las bases hace efectivos tanto derechos como conquistas legales.

Las jornadas de combate de la clase obrera argentina en junio y julio de 1975 contra el plan Rodrigo, tuvo como un eje central la homologación de los convenios colectivos de trabajo. Estos convenios fueron los últimos que se firmaron antes de la anulación de diversos artículos de la Ley de Contrato de Trabajo por la dictadura genocida en 1976, que estableció los primeros principios flexibilizadores y puso como centro de la preocupación normativa la competitividad y productividad de las empresas. Cabe destacar que la dictadura suspendió las negociaciones colectivas a la vez que intervino los sindicatos y persiguió y desapareció a los militantes obreros y populares que habían protagonizado el ascenso de la clase trabajadora desde 1969. Finalmente fue bajo un gobierno peronista, el menemismo, que el programa de la dictadura se aplicó y las leyes flexibilizadoras comenzaron a operar en las relaciones entre capital y trabajo. En los ’90 las negociaciones paritarias fueron suspendidas y el interés de las empresas fue el que dictaba las reglas del trabajo.

La restauración de las negociaciones paritarias durante el kirchnerismo no modificó sustancialmente la realidad del mundo laboral, porque la década menemista permitió dividir las filas obreras y debilitar su capacidad de acción, impidiendo la conquista de nuevos derechos y convenios más favorables a los trabajadores. Y cuando algo se conquistó, no fue por gracia del Estado sino por la acción decidida de los trabajadores; tal es el ejemplo de la jornada de seis horas en el subterráneo de Buenos Aires que en el año 2002 fue arrancada en base a la huelga y los piquetes.

En conclusión, la limitación a los derechos adquiridos y las reglamentaciones que atienden a las pretensiones patronales, sólo pueden ser aplicadas como consecuencia de una derrota de la clase trabajadora y de sus organizaciones de base fundamentalmente. Una derrota que se busca imponer mediante el violento chantaje del desempleo, bajo el argumento de la falta de competitividad y de los cambios tecnológicos. Y esta violencia argumentativa y practica de la que hacen uso las patronales, busca hacerse valer mediante una legislación laboral regresiva.
Volviendo a Walter Benjamin, el problema se plantea entre dos violencias que reclaman para sí el ideal de justicia: una fundante de nuevos derechos y otra conservadora del orden de la burguesía.

El riesgo que el macrismo desdeña por su soberbia de gerenciadores que desprecian al trabajador, es que a su declaración de guerra se le responda con el claro lenguaje de la lucha de clases.

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