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Capitalismo salvaje. La ley ómnibus: un "festival" de beneficios a grandes empresarios, ricos más ricos y pobres más pobres

Javier Milei en Davos habla de "empresarios benefactores" mientras busca seducirlos con la entrega absoluta de los bienes comunes naturales, el remate de activos con privatizaciones y rebajas impositivas escandalosas a los ricos y grandes empresarios. El proyecto de ley ómnibus corona el paraíso de la ganancia capitalista y la explotación laboral. Claves del intento de saqueo y el modelo empobrecedor para las mayorías trabajadoras.

19 de enero

Privatizaciones, blanqueo de capitales, "blanqueo" laboral (o la legalización de la informalidad), un Régimen Impositivo para Grandes Inversiones que elimina importantes impuestos por 30 años y permite acceder irrestrictamente a dólares, reducción del impuesto a los bienes personales, el único que recae directamente sobre la riqueza, liquidación del Fondo de los jubilados (FGS) y la posibilidad del Poder Ejecutivo de endeudarse externamente sin límite ni control alguno; entre algunos de los principales beneficios que busca "coronar" el Gobierno de Milei en favor del capital financiero, los capitales extranjeros y los más ricos del país en el proyecto de "ley ómnibus".

Poco se habla en la agenda mediática de estos escandalosos capítulos del proyecto de ley ómnibus. Milei hablaba de bajar impuestos, pero a la clase trabajadora le quitó la devolución del IVA y quiere restablecer el impuesto al salario (impuesto a las Ganancias que recae sobre los salarios y jubilaciones) volviendo a bajar el mínimo no imponible. A los únicos a los que baja impuestos es a los ricos y grandes capitalistas, pero además crea beneficios impositivos, aduaneros, cambiarios y condonación a prácticas delictivas de las patronales como la evasión impositiva y el fraude laboral como nunca en la historia.

Si se aprueba la ley ómnibus, estos serían algunos de los beneficios millonarios que recibirían los más ricos del país y las grandes patronales (locales y extranjeras):

Reducción del impuesto sobre bienes personales:

Hoy la alícuota para mayores patrimonios es de 1,75% y 2,25% si los bienes están declarados en el país o en el exterior respectivamente. La rebaja de la alícuota a los sectores de mayores patrimonios los deja en 2027 pagando 0,5%, tanto los declaren en el país o en el exterior. Así, se reduce la alícuota máxima progresivamente hasta llegar a un 0,5%, mientras tanto, el sector de menor patrimonio siempre paga la misma alícuota de 0,5%. Es decir, los ricos van a ir pagando cada vez menos Bienes Personales respecto a los sectores de menor patrimonio. Una medida regresiva.

De acuerdo a una estimación de la Oficina de Presupuesto del Congreso, sólo por esta modificación y sin considerar el REIBP, con el mismo stock de bienes imponibles del 2023, la recaudación en términos de PBI bajaría de 0,68 a 0,19% a lo largo de los próximos cinco períodos fiscales.

Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (“REIBP”):
Este régimen les permitiría pagar por única vez y por adelantado lo correspondiente a cinco períodos fiscales juntos. Es decir, entre 2023 y 2027 sólo presentarían una sola declaración jurada, y a su vez se paga en base al patrimonio de hoy, sin saber que pasará hacia adelante.

Los beneficios fiscales son escandalosos. La alícuota (art 175) para las personas humanas y sucesiones indivisas sería de 0,75% sobre la base imponible determinada. Los responsables sustitutos aplicarán la alícuota del 0,5%. Es decir, el pago total comprende apenas los dos pisos de alícuotas de la escala actual e implica una enorme reducción final, al tiempo que no distingue entre patrimonios en el país o en el exterior.

La ley les garantizaría estabilidad fiscal hasta el año 2038!! Es decir, por más que se modifiquen los tributos, quienes adhieran seguirán teniendo estos beneficios. Hasta el 2027 la alícuota máxima será de 0,75 %, y a partir del 1 de enero de 2028 y hasta el 31 de diciembre de 2038 la alícuota máxima se mantendrá en apenas 0,5 %.

Blanqueo de capitales:

El proyecto crea un Régimen de Regularización de Activos con beneficios a quienes evadieron impuestos o incluso fugaron capitales al exterior, en otras palabras, un nuevo régimen de “blanqueo de capitales”, pero que debería llamarse un “premio a la evasión”.

Este régimen establece que pagarán 0% de alícuota quienes regularicen activos hasta U$S100 mil: es decir, no pagan nada. Para montos superiores habrá escalas progresivas, pero muy reducidas, van del 5 % (para quienes blanqueen hasta el 31 de marzo de 2024) al 10 % (entre el 1 de abril y el 30 de junio); y 15 % (entre el 1 de julio y el 30 de septiembre). Por ejemplo, en la actualidad, la escala del Impuesto a las Ganancias llega al 35 %. Quienes evadieron el pago de este impuesto pagarán menos de la mitad. Además, el texto de la ley no exige que el dinero se mantenga por una determinada cantidad de tiempo en Argentina.

Es una propuesta de blanqueo más generosa que la presentó Sergio Massa el año pasado. No solo eso. En paralelo, se propone una disminución progresiva del impuesto a los bienes personales, el único que grava directamente la riqueza. Por lo tanto, quien blanquea pagará poco ahora, pero también en el futuro gracias a la reducción del impuesto a los bienes personales.

"Blanqueo laboral":

La “promoción del empleo registrado” constituye una iniciativa similar a otras impulsadas previamente, entre otros por Mauricio Macri: significa un perdón para los empresarios que se beneficiaron durante años a costa de negar sus derechos a los trabajadores, manteniendo a millones de asalariados en la informalidad. El blanqueo cristaliza una transferencia a favor de las empresas y en detrimento de las trabajadoras y trabajadores.

Este tipo de políticas se impulsan con el argumento de reducir costos y crear empleo. No obstante, la evidencia empírica demuestra que esto no ocurre. Durante la década de los noventa, el auge de las reformas pro empresariales, bajo la impronta de Carlos Menem y Domingo Cavallo, la informalidad laboral aumentó. De acuerdo a un documento de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Informalidad Laboral en Argentina, durante la década de los noventa, la tendencia del empleo no registrado fue creciente: pasó de 28,8% en 1994 al 44,5 en 2004, durante el proceso de salida de la Convertibilidad.

De acuerdo al proyecto, se abre la posibilidad para que los empleadores regularicen todas las relaciones laborales iniciadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley: comprende tanto relaciones laborales no registradas como relaciones laborales deficientemente registradas. Asimismo, habilita al Poder Ejecutivo a reglamentar con efectos en la extinción de la acción penal y la condonación de infracciones, multas y sanciones de cualquier naturaleza para los empleadores que tenían trabajadores no registrados. Además, se procederá a la baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) siempre y cuando todos los trabajadores de la empresa sean regularizados, condonación del capital e intereses de las deudas surgidas por falta de pago de aportes con destino a la Seguridad Social.

Es decir, una condonación total del fraude laboral: evadir la normativa laboral no tiene costo ni es penado.

Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones:

Se trata de uno de los mayores esquemas de beneficios tributarios, cambiarios, fiscales, aduaneros, de la historia con que los grandes empresarios hayan soñado jamás; con una estabilidad normativa por 30 años posteriores a la fecha de adhesión al régimen.

Esto incluye impuestos de mucha importancia para las arcas fiscales. “No hay plata” pero a los grupos económicos concentrados, locales y extranjeros, les dan todo tipo de garantías y beneficios que recortan la base de recaudación.

La alícuota del impuesto a la Ganancias para las grandes inversiones baja del 35% (máximo de la ley) al 25%. Además, otorgan una amortización especial por los bienes muebles de dos cuotas anuales, iguales y consecutivas; y para las obras de infraestructura, bajo las mismas condiciones, pero con el mínimo de la cantidad que surja de considerar el 60% de la vida útil. Además, no se les cobra nada por Derechos de importación (alícuota 0%) ni por Derechos de exportación (alícuota 0%). Tendrán 100% libre disponibilidad de divisas después del tercer año del proyecto; podrán descontar de ganancias el impuesto a débitos y créditos y pagar el IVA con crédito fiscal. Por si fuese poco, ante un diferendo, el inversor puede ir directo a CIADI (tribunal extranjero) sin paso por la justicia local.

Privatización de empresas públicas:

Declara sujeta a privatización a 41 empresas y sociedades de propiedad total o mayoritaria estatal. Entre algunas de las más importantes se encuentran el Banco Nación (que incluso había sido excluido de las privatizaciones del menemismo en los años `90), Aysa, YPF, Enarsa, Aerolíneas Argentinas, Correo Argentino, ARSAT, Ferrocarriles Argentinos, Administración General de Puertos, Télam y la Casa de la Moneda.

A su vez, para aquellas empresas con participación estatal pero que no cuentan con una mayoría de capital social necesario para ejercer el control de esas entidad, en el artículo 9º se faculta al poder ejecutivo a proceder a la enajenación de las participaciones accionarias o de capital del Estado Nacional y/o sus entidades.

El afán privatizador llega a tal fin que el proyecto de ley también permite la privatización total de la empresa Nucleoeléctrica Argentina S.A., que tiene a su cargo Atucha I y II y la Central de Embalse.

El objetivo del Gobierno es convertir en un negocio para los empresarios servicios fundamentales para la vida de las grandes mayorías como el agua corriente y las ramas del transporte que están bajo la órbita estatal (como los trenes o Aerolíneas Argentinas).

En la experiencia de privatizaciones de los años `90 se vieron las nefastas consecuencias de este tipo de políticas, con despidos masivos y un engrosamiento del desempleo. En aquel momento, “en un impulso privatizador inicial, el sector de las empresas estatales pasó de 347.240 empleados en 1989 a 66.731 a fines de 1993 ; 40 % de la diferencia estuvo integrado por retiros voluntarios y despidos (114.538)” (Orlansky, 1997).

Pero además de generar un nicho de negocios privados, con las consecuentes pérdidas de puestos de trabajo, en aquél período las acciones estatales se remataron a muy bajo valor y su gran parte fueron adquiridas por capitales extranjeros. El mismo esquema es buscado ahora, en un nuevo salto en el proceso de saqueo y extranjerización del país.

Liquidación del Fondo de Garantía de Sustentabilidad:

El Fondo de Garantía y Sustentabilidad de la Anses (FSG) fue conformado por aportes de los trabajadores activos y jubilados y fue creado al momento de estatizar las administradoras de fondos de pensiones (AFJP).

Con la ley "omnibus" buscan transferir el FGS al Tesoro Nacional, es decir, sacarlo de la órbita de Anses. Y junto con esto, la "consolidación" de toda la deuda pública con el propio FGS, lo que implica su eventual desaparición porque implicará ser considerada como "deuda cancelada", así como abrir la puerta a un remate de los fondos de los jubilados, en particular las acciones de empresas.

Este remate no tiene como fin atender las urgencias de los propios jubilados y jubiladas que vienen sufriendo desde hace años una fuerte pérdida de capacidad de compra de sus haberes previsionales, producto de los ajustes fiscales que gobierno a gobierno son aplicadas sobre las partidas de jubilaciones y seguridad social, sino que esa descapitalización del fondo para jubilados será un “ahorro” para el Tesoro Nacional que tiene como fin el pago de deuda, entre otros objetivos.

El gobierno de Milei pretende simular una baja “contable” del stock de la deuda pública mediante la “consolidación” de la deuda intra-estado, que permita generar mejores condiciones acceder al crédito internacional, y a su vez, rematar los activos del FGS compuestos por acciones y bonos de empresas privadas como ¨arquitectura¨ -así lo dijo la consultora de Luis Caputo-, de un eventual plan dolarizador o algún tipo de plan de estabilización.

Este cóctel ya lo vimos: descapitalización del Anses para ahorro fiscal, cambio de fórmula basado en que la actual no funciona y el resultado es quebrar aún más un sistema para luego decir que "no hay plata".

Endeudamiento externo:

Sobre el endeudamiento público, la Ley Ómnibus propone dos cambios centrales. Por un lado, busca derogar el Artículo 1° de la Ley 27.612 (Ley de Fortalecimiento de la Sostenibilidad de la Deuda Pública) impulsada por Martín Guzmán: allí se establece que cada Ley de Presupuesto General debe definir un porcentaje máximo para la emisión de títulos públicos en moneda extranjera y bajo legislación extranjera respecto al monto total de emisiones de deuda autorizadas para un determinado ejercicio anual. En el caso de superar dicho porcentaje durante el año presupuestario, el artículo que se pretende derogar establece que el endeudamiento externo adicional deberá ser autorizado por el Congreso.

De removerse la necesidad de esta autorización, la nueva legislación entraría en contradicción con lo establecido en la Constitución Nacional que define en su Artículo 75°, inciso 4°, que corresponde al Congreso ”Contraer empréstitos sobre el crédito de la Nación” y en su inciso 7° define que corresponde al Congreso “Arreglar el pago de la deuda interior y exterior de la Nación”.

Por otro lado, la LO al reformar el artículo 65 de la Ley 24.156 (Administración Financiera y Sistemas de Control) intenta remover el criterio que existe en la actualidad que establece que “El Poder Ejecutivo Nacional podrá realizar operaciones de crédito público para reestructurar la deuda pública mediante su consolidación, conversión o renegociación, en la medida que ello implique un mejoramiento de los montos, plazos y/o intereses de las operaciones originales”. Es una práctica común considerar que, al menos, deben cumplirse dos de los tres criterios (tasa de interés, plazo o monto de la deuda) para la reestructuración de deuda.

Las dos modificaciones propuestas en la LO dan más poder al capital financiero especulativo. En las actuales condiciones, le dan todo el poder al ministro de Economía, Luis Caputo, para reestructurar deuda cómo quiera, sin ningún control de Ley de Administración Financiera ni del Congreso. No se puede confiar en Caputo que fue empleado de J.P. Morgan, el principal banco estadounidense y uno de los más grandes del mundo. Fue el banco que impulsó una corrida cambiaria, en abril de 2018, contra el Gobierno de Macri. Caputo también fue empleado del Deutsche Bank, uno de los principales bancos alemanes: desde 2003 hasta 2008 fue presidente de la sede argentina de ese banco.

Ya como funcionario fue el responsable del endeudamiento rápido y furioso durante el Gobierno de Mauricio Macri. Primero como secretario de Finanzas. Luego como ministro de Finanzas. Y, finalmente, como presidente del Banco Central en medio de una corrida cambiaria.

"Un modelo empobrecedor"

La premisa "teórica" bajo la cual Milei defiende estos cuantiosos beneficios a los empresarios y la "libertad" para explotar más a los trabajadores (destrucción de derechos laborales) es que así los empresarios invertirán más y serán "benefactores sociales", mejorando el bienestar social. Pero la evidencia empírica, aquella de la que gusta hablar el mandatario, muestra todo lo contrario: mientras los ricos son más ricos, los trabajadores son más pobres; el capitalismo genera a su paso crisis cada vez más agudas, mayor pobreza y destrucción plantearia y social.

Desde 2020, a pesar de la pandemia y las guerras que han impactado sobre la población mundial, los cinco hombres más ricos del mundo han visto crecer sus fortunas. Nada menos que en 14 millones de dólares más por hora, mientras que 5.000 millones de personas que ya se encontraban en grave situación han empeorado aún más sus condiciones de vida. (LID)

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