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Endeudamiento sin límite. Milei busca tomar deuda externa sin aprobación del Congreso

Un artículo de la Ley ómnibus habilita el acceso a endeudamiento en moneda extranjera sin la necesidad de pasar por el parlamento. Se lograría por la derogación del art. 1 de la Ley Fortalecimiento de la sostenibilidad de la deuda pública, elaborada por Guzmán en el marco de las negociaciones por el acuerdo fraudulento con el FMI. La medida implica un mayor poder para aumentar el endeudamiento externo que a lo largo de la historia ha aumentado el atraso y la decadencia nacional.

28 de diciembre de 2023

Milei y Caputo van por más, luego del decretazo anti obrero presentado la semana pasada y la fuerte devaluación que se está comiendo los ingresos de las grandes mayorías, el paquetazo de leyes suma nuevas modificaciones en materia económica en el marco de la “emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social.”

Más deuda. El artículo 107 deroga el artículo 1 de la Ley Fortalecimiento de la sostenibilidad de la deuda pública. Se trata de la ley elaborada por Guzmán y aprobada en marzo de 2021, a pedido del FMI que buscaba comprometer a todo el arco político para legitimar la deuda fraudulenta tomada bajo el macrismo. Dicha ley incluía una concesión para los especuladores: habilitaba la prórroga de jurisdicción, un acto de lesa soberanía, donde se otorga atribución a tribunales extranjeros para fallar sobre cualquier litigio sobre la deuda pública.

En el artículo 65 del paquetazo se lee: “El PODER EJECUTIVO NACIONAL podrá realizar operaciones de crédito público para reestructurar la deuda pública y los avales otorgados en los términos de los Artículos 62 y 64, mediante su consolidación, conversión o renegociación, atendiendo a las condiciones imperantes del mercado financiero. De constituirse con motivo de la realización de estas operaciones un incremento de la deuda pública, se deberá afectar la autorización de endeudamiento prevista para el ejercicio respectivo. Las operaciones con cargo al presente artículo se realizarán en el marco de la estrategia plurianual de deuda que será definida por el MINISTERIO DE ECONOMIA.”

De aprobarse estas modificaciones, comenzaría a regir la “libertad” de endeudamiento público con distintos acreedores externos, sin la necesidad de aprobación del Congreso. Es decir, se facilitaría esta práctica de sometimiento al capital financiero internacional que a lo largo de la historia del país profundiza la decadencia nacional, mientras garantizaba negocios a especuladores y fuga de capitales.

Por su parte, el proyecto dejará vigente el segundo artículo de esa norma, que restringía el endeudamiento con el FMI. “Dispónese que todo programa de financiamiento u operación de crédito público realizados con el Fondo Monetario Internacional (FMI), así como también cualquier ampliación de los montos de esos programas u operaciones, requerirá de una ley del Honorable Congreso de la Nación que lo apruebe expresamente”, establece el artículo 2°, que no tendría modificaciones. Es decir, que en caso que Milei negociara un nuevo acuerdo con el Fondo necesitaría la aprobación del Congreso.

Seguir haciendo crecer la ilegítima deuda externa, en el marco de una situación social muy crítica con una pobreza que afecta a más del 56 % de los menores de 14 años y al 40 % de la población, es poner por delante los intereses de los grandes empresarios y el capital internacional, por sobre las necesidades acuciantes de los desocupados, los jubilados, los trabajadores precarizados y sus familias. (LID)

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