La polémica resolución emanada desde Secretaria de Medio Ambiente y
lDesarrollo Sustentable de la provincia de Salta ordena a la Municipalidad e Salta en su Art. 2 de disponer “que la captura se realice en horarios y lugares de manera tal de no interferir con la actividad pública en general, por medio de trampas que no dañen los animales, utilizando cebos no tóxicos, excluyendo el uso de mio-relajantes y/o repelentes, debiendo una vez apresadas las aves proceder a su sacrificio por un método no cruento. Se controlarán los ejemplares que estén anillados y se procederá a su liberación, al igual que a las especies nativas capturadas en los procedimientos.
“Asimismo” dice “se deberá prohibir la alimentación de las aves en ugares públicos, para evitar crear condiciones favorables para el nuevo establecimiento de la especie, debiendo realizar acciones informativas y de concienciación al respecto.
Todas las personas involucradas en los procedimientos deberán contar con equipo y ropa adecuada para preservar la salud, además de considerarse las medidas sanitarias del caso”.
Mientras en su Artículo 3 Establece “que deberán habilitar un registro de personas que quieran tener criaderos de palomas y de los establecimientos existentes, indicando que los mismos deberán tener un control sanitario realizado por personal veterinario competente, de manera de poder controlar la diseminación irracional de la especie en el ámbito municipal”.
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