La designación por decreto de dos jueces de la Corte Suprema de Justicia, ordenado por el Presidente de los argentinos Mauricio Macri, amparado en el Artículo 99, Inciso 19 de la Constitución Nacional, que lo faculta a "llenar vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima legislatura". Establece la consumación del diálogo entre referentes políticos y sociales presentado ante la opinión pública como el cambio.
El dialogo para ser real debe consensuarse entre fuerzas políticas gobernantes y opositoras, de ahí las partes acordaran una decisión para el bien común de la sociedad. La decisión arbitraria del Presidente Macri, de decretar dos nuevos nombramientos sin el acuerdo en las cámaras legislativas de los jueces en cuestión, sellan el fin del cambio, propiciado en dialogo. Estableciendo la decisión de Macri, en arbitraria y déspota para la república.
El frente político Cambiemos, que lidera el presidente Mauricio Macri determino no llamar a sesiones extraordinarias y acabar la discusión en el Parlamento hasta el entrante mes de marzo del año 2016. Lo que anticipa más decretos, congelando el dialogo y el cambio de proceder por el cual la alianza gobernante consiguió llegar al Poder Ejecutivo.
Los nombres y trayectoria de los decretados, Carlos Fernando Rosenkrantz y Horacio Daniel Rosatti, no son cuestión de análisis ante sus logros intelectuales, los que se discute es la forma, más aun viniendo de un grupo en alianza política, que critico férreamente las decisiones autoritarias, arbitrarias e inmorales del saliente partido gobernante, hoy refrendadas en decretos por los que decían serian distintos.
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