Salta | | Estado del Tiempo
| Usuarios Acceso a Usuarios
| RSS Suscripción a RSS

Para Loutaif el fallo que pide respeto a la libertad de conciencia en enseñanza religiosa en escuelas públicas “tiene algunos puntos oscuros”

El Ministro de Gobierno Loutaif afirmo a la Agencia de Noticias Copenoa, que solicitaron al Juez de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Salta, Marcelo Domínguez, que brinde al Gobierno salteño “aclaraciones con respecto al fallo”.

1ro de marzo de 2012| copenoa |

El Magistrado dispuso que el Ministerio de Educación de la Provincia ajuste el dictado de la asignatura educación religiosa a los parámetros establecidos en la Observación General 22 del Comité de Derechos Humanos y la Observación General 13 numeral 28 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

La disposición está incluida en la resolución que el magistrado adoptó al resolver un amparo presentado por Carina Viviana Castillo, María Laura Rebullida Carrique, María Socorro del Milagro Alaniz, Adriana Mariel Fernández, Nancy Fernández Gómez, Alejandra Glik, María Natalia Simón, Claudia Susana Villareal Cantizana, Andrea Mariana Leonard, y la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) representada por su Director Ejecutivo, Alvaro Herrero.

A la luz de lo dispuesto por el magistrado al resolver la acción, el Ministerio de Educación de la Provincia deberá cesar las conductas que se desarrollan en las instituciones públicas de educación primaria que impongan prácticas de la religión católica “y también que se adopten las medidas necesarias para adecuar el dictado de la materia Educación Religiosa a los parámetros dados por la recomendación del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en la Observación General 13 y en la Observación General 22 del Comité de Derechos Humanos, referidos al dictado imparcial, objetivo y respetuoso de la libertad de conciencia y de expresión, y que no obligue a revelar las creencias religiosas de los alumnos y sus familias.”

“La elección personal respecto de las creencias religiosas de los ciudadanos pertenece a su esfera íntima, sin que el Estado, so pretexto del cumplimiento de un deber emergente del derecho de los padres a que sus hijos reciban educación religiosa, pueda vulnerarlo jurídicamente o en los hechos colocándolos en la situación de declarar si es que profesan alguna religión y en su caso cuál”, sostuvo el Juez Domínguez en su resolución.

Publicidad
Publicite aqui
Publicite Aqui

Datos de Contacto:
Cel: 3874152946
E-mail: redaccion@copenoa.com.ar

Libros: Orden, Represión y Muerte

Orden, Represión y muerte

Diario de la criminalización de la protesta social en Salta - Marco Diaz Muñoz

Portada | General | Politica | Policial | D.D.H.H. | Cultura | País | América Latina | Mundo | Pueblos Originarios

Copyright 2001 - 2010 - Todos los derechos Reservados - copenoa.com.ar