El 3 de Noviembre de 2.005, firmaba la Resolución Nº294/05 por entonces el nunca bien ponderado Secretario Ferraris, autoriza la reubicación escalafonaria y rejerarquización, solicitada por Jefatura de Policía de la Provincia. El dato puntual lo constituye la duración del referido curso, el cual se extendió durante UN MES y 17 DÍAS únicamente (vistos y considerandos).
En la mencionada resolución, se promueve, entre otros, al grado de Oficial Principal a un Agente con título universitario, afectándolo al Cuerpo Profesional, como a Personal civil profesional con idéntico grado y jerarquía.
Ahora bien, por causales similares, el 1 de Julio el Secretario Jorge Skaf suscribe la Resolución Nº271 con carácter general citando como antecedente a la misma cuando expresa en el undécimo párrafo de sus considerandos: “…los antecedentes de reescalafonamiento y jerarquización mencionados y especialmente en los realizados mediante Resolución Nº294/05SGS…se dictó un curso especial que se llevó a cabo durante un año lectivo… habiendo aprobado los cursantes…”
Con lo afirmado precedentemente justificaría su decisorio administrativo en el artículo 2do de la Resolución Nº271 cuando dice: “Ordenar a Jefatura de Policía de la Provincia instrumento los medio…, durante el corriente año se proceda al Curso de Capacitación destinado.. casos análogos..dentro del Cuerpo Profesional Escalafón que corresponda, el cual deberá ser APROBADO previamente.. para el acceso al grado de Oficial Principal”.
Para esto, y en una pseuda alquimia y entelequia legal manifiesta en su Artículo 1º “Hacer lugar parcialmente al Recurso… interpuesto..”
De lo antedicho, y haciendo una interpretación casuístico- periodística de las normas en cuestión, resultaría que no se condice en absoluto como antecedente inmediato (“durante el lapso de un año lectivo”) cuando la Resolución 294 de la Secretaria de Seguridad, menciona taxativamente que el curso de Formación o Capacitación para un misma temática, solo duró un mes y 17 días y no un año como reza la Resolución Nº271/08 de la Secretaria de Seguridad.
Error involuntario! O deliberado?. Será otro caso de mendacidad manifiesta? Vá a ser menester una urgente aclaración pública de este oscuro asunto, que iría por consecuencia, en detrimento y perjuicio de los involucrados, por parte del Secretario y el propio Ministro de Seguridad, quien pareciera pernoctar en las nubes de Ubeda muy seguido.
Señores Ministros y Secretarios: NUNCA MAS¡¡ (a corregir errores y vicios legales).
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